POR DERECHOS BÁSICOS INCUMPLIDOS, SE REANUDA HUELGA EN LA TRAMACÚA

11.07.2018 10:51

Por Equipo Jurídico Pueblos y Brigada Jurídico Eduardo Umaña Mendoza
 
Los presos políticos y sociales del Establecimiento penitenciario y carcelario de alta seguridad de Valledupar, retomaron huelga de hambre a partir del día de hoy a las 6 am, debido al incumplimiento de los acuerdos que se gestaron el pasado mes de junio en el marco de su anterior jornada de protesta.
 
A pesar de la sencillez de las reivindicaciones de los internos, las soluciones se siguen dilatando. La instalación de ventiladores eléctricos en las celdas y el uso de ropa “civil” durante las remisiones y los días de visita, modificar el régimen para incrementar el tiempo de encuentro con sus parejas y otros familiares y amigos, constituyen acuerdos a entre la administración y los detenidos, desde el año 2016[1]. No obstante la población reclusa ha tenido que acudir de nuevo a la huelga para exigir su cumplimiento.
 
Otro grupo de peticiones, como las de agilizar la atención en salud y remisión a especialistas de los internos más afectados y el mejoramiento de la calidad y gramaje de la alimentación, forman parte de las obligaciones básicas e ineludibles de las autoridades públicas frente a los/as presos/as, dadas las relaciones especiales de sujeción en las que se encuentra esta población. Así pues, el hecho de que hoy se retome una huelga de hambre con estos propósitos, es indicativo de la vigencia del Estado de cosas inconstitucional declarado en las Sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2014 y de la indolencia y deshumanización que caracteriza el sistema penitenciario y carcelario del país.
 
Finalmente, posibilitar el uso de un reloj de mano, incrementar el horario del expendio, mejorar el servicio de telefonía, permitir el ingreso de encomiendas cada 8 días, entre otras solicitudes, no son requerimiento desproporcionados de los presos, si se tiene en cuenta el régimen de restricciones excesivo que ha marcado el tratamiento penitenciario en ese establecimiento, el cual se rige por un reglamento interno obsoleto, diseñado con el fin único del castigo.Por derechos básicos incumplidos, se reanuda huelga en La Tramacúa
 
 
 
Por Equipo Jurídico Pueblos y Brigada Jurídico Eduardo Umaña Mendoza
 
 
 
Los presos políticos y sociales del Establecimiento penitenciario y carcelario de alta seguridad de Valledupar, retomaron huelga de hambre a partir del día de hoy a las 6 am, debido al incumplimiento de los acuerdos que se gestaron el pasado mes de junio en el marco de su anterior jornada de protesta.
 
 
 
A pesar de la sencillez de las reivindicaciones de los internos, las soluciones se siguen dilatando. La instalación de ventiladores eléctricos en las celdas y el uso de ropa “civil” durante las remisiones y los días de visita, modificar el régimen para incrementar el tiempo de encuentro con sus parejas y otros familiares y amigos, constituyen acuerdos a entre la administración y los detenidos, desde el año 2016[1]. No obstante la población reclusa ha tenido que acudir de nuevo a la huelga para exigir su cumplimiento.
 
 
 
Otro grupo de peticiones, como las de agilizar la atención en salud y remisión a especialistas de los internos más afectados y el mejoramiento de la calidad y gramaje de la alimentación, forman parte de las obligaciones básicas e ineludibles de las autoridades públicas frente a los/as presos/as, dadas las relaciones especiales de sujeción en las que se encuentra esta población. Así pues, el hecho de que hoy se retome una huelga de hambre con estos propósitos, es indicativo de la vigencia del Estado de cosas inconstitucional declarado en las Sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2014 y de la indolencia y deshumanización que caracteriza el sistema penitenciario y carcelario del país.
 
Finalmente, posibilitar el uso de un reloj de mano, incrementar el horario del expendio, mejorar el servicio de telefonía, permitir el ingreso de encomiendas cada 8 días, entre otras solicitudes, no son requerimiento desproporcionados de los presos, si se tiene en cuenta el régimen de restricciones excesivo que ha marcado el tratamiento penitenciario en ese establecimiento, el cual se rige por un reglamento interno obsoleto, diseñado con el fin único del castigo.Por derechos básicos incumplidos, se reanuda huelga en La Tramacúa
 
 
 
Por Equipo Jurídico Pueblos y Brigada Jurídico Eduardo Umaña Mendoza
 
 
 
Los presos políticos y sociales del Establecimiento penitenciario y carcelario de alta seguridad de Valledupar, retomaron huelga de hambre a partir del día de hoy a las 6 am, debido al incumplimiento de los acuerdos que se gestaron el pasado mes de junio en el marco de su anterior jornada de protesta.
 
 
 
A pesar de la sencillez de las reivindicaciones de los internos, las soluciones se siguen dilatando. La instalación de ventiladores eléctricos en las celdas y el uso de ropa “civil” durante las remisiones y los días de visita, modificar el régimen para incrementar el tiempo de encuentro con sus parejas y otros familiares y amigos, constituyen acuerdos a entre la administración y los detenidos, desde el año 2016[1]. No obstante la población reclusa ha tenido que acudir de nuevo a la huelga para exigir su cumplimiento.
 
 
 
Otro grupo de peticiones, como las de agilizar la atención en salud y remisión a especialistas de los internos más afectados y el mejoramiento de la calidad y gramaje de la alimentación, forman parte de las obligaciones básicas e ineludibles de las autoridades públicas frente a los/as presos/as, dadas las relaciones especiales de sujeción en las que se encuentra esta población. Así pues, el hecho de que hoy se retome una huelga de hambre con estos propósitos, es indicativo de la vigencia del Estado de cosas inconstitucional declarado en las Sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2014 y de la indolencia y deshumanización que caracteriza el sistema penitenciario y carcelario del país.
 
Finalmente, posibilitar el uso de un reloj de mano, incrementar el horario del expendio, mejorar el servicio de telefonía, permitir el ingreso de encomiendas cada 8 días, entre otras solicitudes, no son requerimiento desproporcionados de los presos, si se tiene en cuenta el régimen de restricciones excesivo que ha marcado el tratamiento penitenciario en ese establecimiento, el cual se rige por un reglamento interno obsoleto, diseñado con el fin único del castigo.

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